Al momento de salir de Colombia, requerirán del permiso del padre y/o madre que no viaje con el menor, si el menor es colombiano o extranjero residente en Colombia. Para el ingreso no se requiere permiso.
No se requiere de cita para el trámite de reconocimiento en permiso de salida de menor. Puede acercarse en cualquier momento en el horario de atención habitual del consulado: lunes a viernes (excepto festivos en el Reino Unido), de 8:30am a 2:30pm o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 am a 12:00 pm.
REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO
No se requiere de cita para registrar su matrimonio. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 a.m. a 2:30 p.m. o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 a.m. a 12:00 p.m.
Los requisitos para registrar su matrimonio extranjero en el registro civil colombiano son:
CÉDULA PRIMERA VEZ
No se requiere de cita para procesar su cédula por primera vez. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 am a 2:30 pm o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 a.m. a 12:00 p.m.
Los requisitos para el trámite de cédula por primera vez son los siguientes:
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