- Cambio de nombre
En Colombia se puede realizar el cambio de nombre una sola vez en la vida, de conformidad con lo señalado en el artículo 94 del Decreto 1260 de 1970. Para el efecto, se debe:
- Suscribir una Escritura Pública de cambio de nombre ante un notario en Colombia o en el Consulado.
- Solicitar la modificación de su registro civil de nacimiento en la oficina donde reposa su registro de nacimiento.
- Solicitar la rectificación de su cédula de ciudadanía colombiana ante la Registraduría o el Consulado.
Es importante señalar que de acuerdo con la regulación vigente sobre la expedición del pasaporte colombiano (Resolución 6888 de 2021, artículo 9, parágrafo 2º), solo es posible solicitar el nuevo pasaporte colombiano cuando el ciudadano cuente con la cédula de ciudadanía rectificada.
Todo el proceso, desde la solicitud de escritura pública de cambio de nombre hasta la obtención del pasaporte colombiano con el nuevo nombre, puede tardar varios meses para los colombianos en el exterior.
Una alternativa más expedita es cambiar su nombre en el Reino Unido conforme se encuentra en su pasaporte colombiano. En el siguiente enlace encuentra más información: https://www.gov.uk/change-name-deed-poll
- Constancia cambio de nombre
Se puede obtener una constancia sobre el proceso de cambio de nombre en Colombia. Esta constancia se expide únicamente en español, no tiene costo y se entrega directamente en el Consulado. No se requiere de cita. Puede acercarse en cualquier momento en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes, excepto festivos en el Reino Unido, de 8:30 a.m. a 2:30 p.m.
Los requisitos del trámite son los siguientes:
- Cédula de ciudadanía, contraseña de la cédula o pasaporte colombiano.
- Un documento que muestre su nombre completo en el Reino Unido, preferiblemente una copia de su pasaporte británico.
Cambio de nombre y Constancia
Cédula y Tarjeta de Identidad
- Cédula Primera Vez
El trámite de cédula por primera vez se puede hacer únicamente de manera presencial en el Consulado. No se requiere de cita. No obstante, antes de acercarse al Consulado, deberá enviar por correo electrónico, a [email protected], una copia del registro civil de nacimiento, con el fin de verificar si el mismo ya se encuentra grabado en las bases de datos de la Registraduría Nacional de Estado Civil. Una vez efectuada esta verificación, se confirmará, igualmente por correo electrónico, para que se acerque en cualquier momento en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes (excepto festivos en el Reino Unido), de 8:30am a 2:30pm o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Los requisitos para el trámite de cédula por primera vez son los siguientes:
- Tener 18 años cumplidos (el trámite podrá realizarse a partir del día siguiente al cumplimiento de los 18).
- Copia del registro civil de nacimiento colombiano.
- Conocimiento del RH y grupo sanguíneo.
Este trámite no tiene costo. No se requiere de la presencia de los padres. Tampoco requiere traer fotos.
- Cédula Duplicado
No se requiere de cita para solicitar un duplicado de la cédula. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 am a 2:30 pm (excepto festivos en el Reino Unido) o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 am a 12:00 pm.
Los requisitos para el trámite de duplicado de cédula en el Consulado son los siguientes:
- Conocimiento del RH y grupo sanguíneo.
- Conocimiento del número de cédula.
El duplicado tiene un costo de £ 60.86, los cuales se pagan en el consulado con tarjeta débito o crédito.
- Rectificación Cédula
No se requiere de cita para solicitar la rectificación de la cédula. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 am a 2:30 pm (excepto festivos en el Reino Unido) o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Los requisitos para el trámite de rectificación de cédula son los siguientes:
- Cédula de ciudadanía original que va a rectificar.
- Registro Civil de Nacimiento actualizado, en donde conste la modificación de datos biográficos con los cuales se solicita la rectificación de la cédula de ciudadanía.
- Conocimiento del RH y grupo sanguíneo.
Este trámite tiene un costo de £ 53.89, los cuales se pagan en el consulado con tarjeta débito o crédito.
- Tarjeta de Identidad Primera Vez
El trámite de tarjeta de identidad por primera vez se puede hacer únicamente de manera presencial en el Consulado. No se requiere de cita. No obstante, antes de acercarse al Consulado, deberá enviar por correo electrónico, a [email protected], una copia del registro civil de nacimiento, con el fin de verificar si el mismo ya encuentra grabado en las bases de datos de la Registraduría Nacional de Estado Civil. Una vez efectuada esta verificación, se confirmará, igualmente por correo electrónico, para que se acerque con el/la menor en cualquier momento en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes (excepto festivos en el Reino Unido), de 8:30am a 2:30pm o en el sábado consular, programado una vez al mes, de 9:00 am a 12:00 pm.
Los requisitos para el trámite de tarjeta de identidad primera vez son los siguientes:
- El menor debe tener entre 7 y 17 años cumplidos (el trámite podrá realizarse a partir del día siguiente al cumplimiento de los 7 años).
- El menor debe acudir con al menos uno de los padres o el representante legal.
- Aportar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento colombiano.
- Conocimiento del RH y grupo sanguíneo.
El trámite por primera vez no tiene costo. No requiere traer fotos.
- Tarjeta de Identidad Duplicado
No se requiere de cita para solicitar un duplicado de la tarjeta de identidad. Puede acercarse en cualquier momento con el menor, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 am a 2:30 pm (excepto festivos en el Reino Unido) o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 am a 12:00 pm.
Los requisitos para el trámite de tarjeta de identidad primera vez son los siguientes:
- El menor debe tener entre 7 y 17 años cumplidos (el trámite podrá realizarse a partir del día siguiente al cumplimiento de los 7 años).
- El menor debe acudir con al menos uno de los padres o el representante legal.
- Aportar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento colombiano.
- Conocimiento del RH y grupo sanguíneo.
El duplicado tiene un costo de £52.85, los cuales se pagan en el consulado con tarjeta débito o crédito. No requiere traer fotos.
- Entrega de Cédula o Tarjeta de Identidad
- El documento físico tarda tres (3) meses calendario en estar listo para recoger en el consulado. Mientras tanto, se podrá identificar con la contraseña (documento provisional) que es entregada el mismo día del trámite.
- Puede consultar si su documento se encuentra lista para recoger, a través del siguiente enlace: https://wsp.registraduria.gov.co/estado_docs/documento/consultar/
- No es posible agilizar el tiempo de entrega.
- La cédula solo se entrega a su titular de manera presencial.
- La tarjeta de identidad solo se entrega al padre, madre o representante legal del menor de manera presencial.
- Puede acercarse sin cita a reclamar el documento en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes (excepto festivos en el Reino Unido), de 8:30am a 2:30pm (excepto festivos en el Reino Unido) o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
- Cuenta con un plazo de un (1) año para recoger la cédula, a partir de la fecha de solicitud. Vencido el plazo, el documento será devuelto a la Registraduría para su destrucción y se deberá solicitar un nuevo duplicado de cédula
Constancias y Poderes
- Constancia de Residencia
Puede acercarse sin cita para el trámite de Constancia de Residencia en el horario de atención habitual del Consulado, de lunes a viernes, de 8:30 a.m. a 2:30 p.m., o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Es necesario que presente documentos que demuestren la residencia por un término no inferior a 1 año de manera continua. Deberá presentar como prueba al menos 3 documentos que muestren su nombre, dirección y año de emisión del documento. Algunos de los documentos válidos son:
Bank statement
P60 end of year certificate
Payslips
Council Tax
Utility Bill
Cartas expedidas por el NHS a nombre del titular de documento.Recuerde consultar con la entidad destino la cantidad de años que requiere probar.
Este trámite no tiene costo.
- Constancia de Soltería
No se requiere de cita para procesar su Constancia de Soltería. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 am a 2:30 pm o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
La prueba del estado civil en Colombia es la copia o certificación no mayor a tres meses del respectivo registro civil de nacimiento expedida por un funcionario registral. Si la copia no contiene nota marginal de matrimonio, así no contenga la nota de válido para matrimonio, se entiende que la persona es soltera.
La recomendación es apostillar la copia auténtica del registro civil de nacimiento y acompañarla con las declaraciones de las que trata el Decreto 1557 de 1989 (declaración juramentada), rendidas por el propio interesado y un testigo, en la cual declaren que el interesado no es casado. Estas declaraciones podrán así reforzar la copia textual y completa del registro civil de nacimiento, con la que se demuestra parentesco y que no existe nota marginal de matrimonio.
La apostilla se adelanta en línea, a través del siguiente enlace: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/apostilla_legalizacio…
La declaración juramentada de soltería, la puede adelantar en el consulado más cercano. Le sugerimos consultar en el respectivo consulado los requisitos para adelantar el trámite.
La declaración juramentada de soltería en el consulado de Colombia en Londres es un trámite presencial. No se requiere de cita. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes, de 8:30 am a 2:30 pm, o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 am a 12:00 pm.
Los requisitos para la declaración juramentada son los siguientes:
- Documento de identidad vigente del declarante.
- Cédula de ciudadanía en formato vigente (amarilla con hologramas) o pasaporte vigente.
- Testigo debidamente identificado (para colombianos cédula de ciudadanía y para extranjeros pasaporte vigente) que debe conocerlo hace más de 1 año y puede declarar su estado civil (NO puede ser testigo la persona con la que se casará).
El costo es de £ 17.10 por cada firma, valor que debe cancelarse en el consulado con tarjeta débito o crédito.
- Poderes
Los poderes pueden ser generales, para todos los actos y negocios en Colombia, o especiales, para ciertos negocios o actos en particular.
Si el poder es especial, se otorga por documento privado. Si el poder es general, se otorga por escritura pública, lo cual resulta conveniente para el ejercicio del poder, su vigencia y su revocatoria.
Le sugerimos solicitar a un abogado de su confianza en Colombia la minuta del poder que usted debe firmar para llevar a cabo las diligencias que requiere en el territorio nacional. En caso de que el documento corresponda a un poder para compraventa de bien inmueble en Colombia, debe contener la identificación precisa del inmueble o inmuebles, su ubicación, dirección, número de matrícula inmobiliaria y cédula catastral. Lo anterior en cumplimiento del artículo 89 del Decreto 019 de 2012. Igualmente, deberá contener la declaración a la que se refiere el artículo 61 de la Ley 2010 de 2019.
De otorgarse el poder por documento privado, el trámite que debe adelantar en el consulado es el de reconocimiento de firma y contenido. No se requiere de cita para este trámite. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes, de 8:30 am a 2:30 pm, o en el sábado consular programado una vez al mes, de 9:00 am a 12:00 pm.
Los requisitos del trámite son los siguientes:
- Documento de identidad vigente del solicitante (cédula de ciudadanía).
- Documento a reconocer en físico redactado en español (no se redacta ni se imprime en el consulado).
- El reconocimiento de firma y contenido tiene un costo de £ 17.10, valor que debe cancelarse en el consulado con tarjeta débito o crédito.
Si desea otorgar el poder general mediante escritura pública, le sugerimos adelantar el trámite directamente o a través de un abogado o abogada de su confianza en una notaría en Colombia. En el consulado en Londres será posible atender la diligencia de reconocimiento de contenido y firma del poder especial que se otorgue para que el abogado o abogada de su confianza en Colombia adelante el trámite de poder general por escritura pública en el territorio nacional.
Permiso de Salida de Menor
Al momento de salir de Colombia, requerirán del permiso del padre y/o madre que no viaje con el menor, si el menor es colombiano o extranjero residente en Colombia. Para el ingreso no se requiere permiso.
No se requiere de cita para el trámite de reconocimiento en permiso de salida de menor. Puede acercarse en cualquier momento en el horario de atención habitual del consulado: lunes a viernes (excepto festivos en el Reino Unido), de 8:30am a 2:30pm o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Los requisitos para el trámite de reconocimiento en permiso de salida de menor son los siguientes:
- Presentar una copia del registro civil de nacimiento colombiano del menor de edad.
- Presentar cédula de ciudadanía en formato vigente (amarilla con hologramas) o comprobante de documento en trámite “Contraseña” (con fecha de expedición no mayor a 6 meses). En caso de no tener la nacionalidad colombiana deberá presentar el pasaporte vigente.
Brindar la siguiente información:
- Lugar de destino
- Propósito del viaje
- Fecha de salida y regreso al país
- Nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor de edad.
El trámite tiene un costo de £ 8,80 los cuales se pagan en el consulado con tarjeta débito o crédito.
Reconocimiento de Firma en Documento Privado
No se requiere de cita para el trámite de reconocimiento de firma y contenido en documento privado. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 am a 2:30 pm o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Los requisitos para el trámite son los siguientes:
- Documento de identidad vigente del solicitante.
- Documento a reconocer en físico redactado en español (no se hacen impresiones ni se redacta en el consulado).
Nota: en caso de que el documento corresponda a un poder para compraventa de bien inmueble en Colombia, debe contener la identificación precisa del inmueble o inmuebles, su ubicación, dirección, número de matrícula inmobiliaria y cédula catastral. Lo anterior en cumplimiento del artículo 89 del Decreto 019 de 2012. Igualmente, deberá contener la declaración a la que se refiere el artículo 61 de la Ley 2010 de 2019.
El trámite tiene un costo de £ 17.10 los cuales se pagan en el consulado con tarjeta débito o crédito.
Registros Civiles
- Registro Civil de Matrimonio
No se requiere de cita para registrar su matrimonio. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 a.m. a 2:30 p.m. o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Los requisitos para registrar su matrimonio extranjero en el registro civil colombiano son:
- Certificado de matrimonio extranjero apostillado y traducido al español. Para más información sobre la apostilla en el Reino Unido, puede verificar el siguiente enlace: https://www.gov.uk/get-document-legalised
- Si el certificado de matrimonio es del Reino Unido, no requiere ser traducido. Es importante mencionar que este documento se quedará en los archivos del Consulado.
- Documento de identificación de los cónyuges. Cédula si es colombiano, pasaporte si es extranjero.
Este trámite no tiene costo.
- Registro Civil de Nacimiento
Debe solicitar cita a través del sistema de agendamiento de citas, al cual se puede acceder a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3YjsbvO. Cada viernes, a las 4:00 p.m., se habilitan las citas disponibles para la siguiente semana, por lo que no es posible agendarlas con mayor antelación.
Los requisitos para el trámite de registro civil de nacimiento son:
- Certificado de nacimiento (del lugar donde nació) apostillado. Para más información sobre la apostilla en el Reino Unido, puede verificar el siguiente enlace: https://www.gov.uk/get-document-legalised. Si el certificado de nacimiento es del Reino Unido, no requiere ser traducido. El certificado de nacimiento en original se quedará en los archivos del Consulado.
- Original y copia de la cédula de ciudadanía del padre y/o madre colombiana(a). En caso de que alguno de los padres sea extranjero, debe presentar original y copia del pasaporte vigente.
- El menor de edad a ser registrado debe venir a la cita también.
- RH y grupo sanguíneo (opcional).
Este trámite no tiene costo.
- Registro Civil de Defunción
No se requiere de cita para procesar un Registro Civil de Defunción. Puede acercarse en cualquier momento, en el horario de atención habitual del Consulado: lunes a viernes de 8:30 a.m. a 2:30 p.m., o en los sábados consulares que se programen (las fechas de las jornadas adicionales se publicarán oportunamente en la página web).
Los requisitos para el trámite de registro civil de defunción son:
Certificado original de defunción del Reino Unido apostillado. Para más información sobre la apostilla en el Reino Unido, puede verificar el siguiente enlace: https://www.gov.uk/get-document-legalised.
Cédula de ciudadanía original del fallecido y pasaporte colombiano, si lo tiene.
Cédula de Ciudadanía original o pasaporte de la persona que se acerque a adelantar el trámite.Este trámite no tiene costo.
Visas para Colombia - Visas for Colombia
Si usted necesita una visa para ingresar a Colombia, el proceso es completamente virtual. En el siguiente enlace puede comenzar su solicitud: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.x…
If you need to apply for a visa to enter Colombia, the process is completely online. You can start your application here: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.x…
Una vez que inicie su solicitud, recibirá más instrucciones a través de un correo electrónico generado por el sistema. Consulte los requisitos específicos para las diferentes categorías de visa en: https://www.cancilleria.gov.co/visas/larga-estancia
Once you start your application you will receive further instructions via a separate system generated email. You can check the specific requirements for the different visa categories at https://www.cancilleria.gov.co/visas/larga-estancia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Resolución 5477 de 2022, “[u]na vez diligenciada completamente la solicitud, con el aporte de todos los documentos exigidos, y cumplido el pago correspondiente por el estudio de la solicitud, la Autoridad de Visas e Inmigración tendrá hasta treinta (30) días calendario para emitir el pronunciamiento. Cuando el proceso de estudio y verificación de documentos requiera elevar consultas a otras entidades, el tiempo de respuesta podrá exceder dicho plazo
According to the provisions of Article 13 of Resolution 5477 of 2022, "[o]nce the application has been fully completed, including the submission of all required documents and the corresponding payment for the application review has been made, the Visa and Immigration Authority shall have up to thirty (30) calendar days to issue a decision. If the process of reviewing and verifying documents requires consultation with other entities, the response time may exceed this period."
Para más información, favor consultar el siguiente enlace: https://londres.consulado.gov.co/ayuda/horarios-de-atencion
For more information, please consult the following link:
https://londres.consulado.gov.co/ayuda/horarios-de-atencion
Nota: El proceso de visa incluye dos etapas de pago: la primera correspondiente al estudio de la solicitud (£ 39.90) y la segunda, si es autorizada, correspondiente a la emisión de la visa. Ambos pagos se pueden realizar en línea. Sin embargo, si tienes dificultades con el pago en línea, puedes pagar directamente en el Consulado de Colombia en Londres con tarjeta (no se acepta AMEX ni efectivo), de lunes a viernes, de 8:30 a.m. a 2:30 p.m.
Note: The visa process includes two payment stages: the first is for the application review (£39.90), and the second, if authorised, is for the visa issuance. Both payments can be made online. However, if you encounter difficulties with the online payment, you may pay directly at the Consulate of Colombia in London using a card (AMEX and cash are not accepted), from Monday to Friday, between 8:30 a.m. and 2:30 p.m.
Consulte las tarifas de acuerdo a cada tipo de visa en el siguiente enlace: https://londres.consulado.gov.co/tramites-y-servicios/tarifas-y-medios-de-pago
Check the fees according to each type of visa at the following link: https://londres.consulado.gov.co/tramites-y-servicios/tarifas-y-medios-de-pago
